SERENA (LA)

terr. ó comarca enla provincia de Badajoz S,IT. á la parte E. de la provincia, compuso durante el ant. régimen un partido que se denominaba de la Serena, en el que entraban 18 v. eu 4 comunidades, á saber Magacela y su tierra, con Villanueva, Haba, Coronada, Campanario, Quintana y Guarda, que disfrutaban la parte llamada Mata y sus alijares Benquerencia con las suyas, en que están comprendidas Castuera, Esparragosa de la Serena , Malpartida y Monterrubio, que aprovechaban las Rañas Zalamea, en «unión del Valle y la Higuera, que en igual forma disfrutaron la Giralta; y por último, Esparragosa de Lares, con Santi-Spiritus y Cabeza del Buey, que tenian la sierra de Lares. Este terr., que durante la conquista fue ocupándose por los caballeros de Alcántara, se cedió por los reyes á los grandes maestres para sostenimiento de su dignidad, esceptuando de esto las deh. boyales, egidos y baldíos que se señalaron á los pueblos para su disfrute particular, y ademas algunos otros terrenos que se dieron á los mas distinguidos guerreros, de lo cual se formaron las encomiendas de Magacela y Benquerencia , primeras de la orden en aquella provincia, y después las de Almorchon , Santi-Spiritus, Lares, Zalamea, Castilnovo, Adelfa, Quintana, Diezmos y Portugalesa, quedando el resto como propio de la Dignidad-Maestral, que habiéndose incorporado á la corona en los términosque ya saben nuestros lectores, empezó á denominarse Real Dehesa de la Serena, con 102 millares de cabida para pastos y labor, de superior calidad por sus esquisitas yerbas y muchos abrevaderos para toda clase de ganados. No teniendo los pueblos bastantes pastos para sus ganados, ni tierras para el sostenimiento de su labranza, y haciendo muchos y considerables servicios á la orden, obtuvieron en esta deh.» ciertos derechos, siendo uno de ellos el Valdiage de la Serena, en los millares que no pastaba la cabana del Maestre (porque estos eran cerrados), desde 16 de marzo al 18 de octubre, y que se le diesen tierras de labor; cuyos derechos se fijaron después por real cédula de 17 de setiembre de 1734 en la tercera parte de la Real Dehesa, en las tierras mas inmediatas á los pueblos, con la precisa condición de hacer constar, que asi lo necesitaban después de ocupados sus respectivos propios y baldíos, porque el sobrante quedaba para los ganaderos trashumantes y mesteños. Mas adelante el Sr. D Felipe V trató de enagenar esta pingue propiedad, habiéndolo hecho de muchos millares, previa concordia con las v., en cuanto á sus terceras, estableciéndose desde entonces un juez privativo para estos negocios con las apelaciones al Supremo Consejo de Hacienda; cuyo juez tenia su subdelegado en Villanueva , que lo era el gobernador ó el ale. m. en su ausencia.

En el dia, estinguido el juzgado privativo, conoce el gefe político de Badajoz en cuanto á lo gubernativo; y respecto á lo judicial losjuecesde primera instancia de Villanueva, Castuera y Puebla de Alcocer, en cuyos respectivos partido se hallan enclavados los pueblos, habiéndose hecho división de sus término, y cesado el terr. de la Serena de ser considerado como una demarcación geográfica