MURILLO

L. del ayuntamiento y valle de Ycrri, prov y ciudad g. de Navarra, parí. judicial de Estella (5/4 de leg.), audiencia terr.  y diócesis de Pamplona (6). Sit. en una planicie que forma la  cúspide de una colina; Clima saludable; le combaten todos los vientos y apenas se conocen enfermedades. Tiene 4 4 As , iglesia p.iiT. de entrada (San Esteban), servida por un id de provisión de S. M. en concurso con los veciudad, centerio contiguo á la iglesia, una ermita (Sta. Bárbara), y -a surtido del vecindario, una fuente inmediata á la población Tkiim. que se estiende 3/4 de leg. de N. á S., y de E. á ta mitad de esta distancia, confina N. Montalban; E. 1.ar; S. Arandigoyen, y O. Grocin; comprendiendo dentro su circunferencia 2 montes poblados de robles, 2 sotos ra pastar los ganados, y una cantera déla que se sacó la edra para fabricar el co’nv. de San Francisco de Estella. . TEiniBNo es de mediana calidad y secano, sin que le vliHce ningún arroyo, Caminos : los de pueblo á pueblo. 1 Correo so recibe de Estella, por balijero, los jueves y omingos. Prod. : trigo, vino, cebada , maiz , oliva y otras emulas y legumbres; cria de ganado lanar, vacuno y muir; caza de perdices, Pobl.: 44 vec, 80 alin. Riqueza: on el valle. (V.)

El rey D. Teobaldo l concedió á sus hab. que fuesen liires de labores, facenderas, y todas cosas, salvo de \ueste y cabalgada, pagando 45 libras anuales; y quejamás pudiesen ser vendidos ni enagenados de la corona. El rey D. Teobaldo II rebajó dicha pecha á 40 libras, viendo ^decia) su flaqueza y pobreza, y que la v. se despoblaba, mayormente desde que el rey concedió á los francos de Estella que nada pagasen por las heredades pecheras que habían comprado en los término de Murillo, por cuya gracia dierou al rey 42,000 sueldos. El rey D. Enrique ratificó en 1214 la concesión de D. Teobaldo II relativa á que solo pagase Murillo 40 libras de pecha. Este pueblo y los do Alloz y Lacar habían quedado del todo despoblados, como otros muchos de Navarra en 4 459, á causa de las guerras civiles de aquel tiempo; y el patrimonio real vendió las casas, casales, montes y yermos que le pertenecían en ellos á Juan Remirez de Baguédano por 6 libras de censo perpetuo.