MANSILLA

V. que por real orden de 25 de enero de 1846, fué agregada al ayuntamiento de Duruelo (1/2 leg.), de la provincia y diócesis de Segovia (9), partido judicial de Sepúlvcda (3), audiencia terr. de Madrid (18). ciudad g. de Castilla la Nueva: Sit. en una hondonada y á la izquierda de un r. titulado La Garganta; la combaten todos los vientos, particularmente el S.; el Cuma es frió, y sus enfermedades mas comues tercianas. Tiene 1* Casas de inferior construcción, y una iglesia parr. (Sta. Marina), aneja de Cerezo de Abajo , cuyo párroco la sirve. El Térm. confina N. Sotillo; E. Cerezo de Abajo; S. Aldea la Peña, y O. Duruelo: se estiende 1/4 leg. de N. áS., é igual dist. deE. áO., y compfende un monte de roble titulado Valdelagua perteneciente á los propios, con buenos pastos y algunos prados : el r. ya citado, la Garganta , pasa muy cerca del pueblo, de cuyas aguas se utilizan los vcciudad para sus usos: el Terreno es de segunda y tercera calidad, Caminos : los que dirigen á los pueblos limítrofes en mediano estado: el Correo se recibe de Castillejo por los mismos interesados, Prod. : poco y mal tri;o, centeno, cebada, bastante lino , patatas, algunas legumres, leñas y pastos; mantiene ganado lanar, vacuno y asnal, y cria caza ¡le liebres , perdices y otras aves, Prod.: la agricoa: el Comercio está reducido á la esportacion de los granos sobrantes para los mercados de Scpúlveda , Riaza y Aillon. Pobl.: 14 veciudad, 49almascAP. Imp.: 7,550 reales Contr.: según el cálculo general y oficial de la provincia 20’72 por 100.