ant. Jurisd. En la provincia De León, partido Jud. De su nombre. La componían los 1. Nombrados Cuartos y Alfoces: Jos primeros eran San Justo, San Román, Carneros y su anejo Sopeña, Brimeda, Valdeviejas, Murías de Rechivaldo, Castrillo’de los Polvazares y Sta. Catalina : los Alfoces eran Nistal, Celada, su anejo Cuevas y Piedralba. En todos ellos existía y existe mancomunidad de pastos con l a c . ; cuyo ayuntamiento
Elegía justicias pedáneas para su gobierno, y concedía á los veciudad De los mismos campos para edificar casas. El ale. M. ó correg. Le nombraba el marqués, Sr. Jurisd. Dichos pueblos no tenían ayuntamiento, sino que 2 veciudad Nombrados por ellos á los que titulaban procuradores generales, reunían á los ale. P. y arreglaban sus negocios sin intervención de la municipalidad de Astorga. Aun existen los citados procuradores y tienen la prerogativa de votar la conducción de Ntra. Sra. De Castro-tierra procesional mente á la cated. De dicha c , concurriendo á esta procesión las cruces y pendones de las parr. De 7 leg. En contorno.