AGUILAR DEL RIO ALHAMA

v.con ayuntamientoen la provincia de Logroño (13 leg.), audiencia terr. y ciudad g. de fungos, diócesis de Calaborra, adm. de rent. y partido judicial de Cervera (i). Sit. al N. de un ant. cast., cuya base lame el r. AIInvita. Mátenla todos los vientos, y disfruta Clima saludable. Forman la población 215 Casas de mediana fab., 4 arruinadas, una posada, y la consistorial, en cuv o recinto se baila la escuela de primeras letras dotada con 1650 reales ala (pie asisten de 60 á 70 niños; hay olradirigida por una maestra, (pie solo tiene de estipendio’ la habitación que le concede el ayuntamiento , y lo que le contribuyen las 24 á 30 ninas que concurren á ella para instruirse en labores propias de su sc\o; una iglesia parr. dedicada á la.I’urisima Concepción, servida por un cura bencliciadode patronato del Excmo. Sr. conde de Aguilar; tres benclieiados simples, y un clérigo sacristán que nombra el pueblo; tiene 2 igl añejas que son Navajun y Valdcmadera, servidas por otros dos beneficiados que forman |iarle del capílulo de Aguilar, nombrados anualmente por el espresado capitulo; y dos crin i las en las cuales se celebra misa los dias fcslivos.» Confina el Ti.hm. con los de Comago, Cervera, Agreda, y Cigudosa. Dentro del mismo hay un sitio llamado el Sanio de la Pena, donde se descubrió una mina de alcohol en 1717 ; pero no consta que en lo sucesivo se haya utilizado. El TERRENO es bastante fértil; abraza unas 1840 fan. de buena calidad: la parte erial comprcudc uu monte llamado Moneará, perteneciente á la nación, donde se crian muchas encinas, enebros y buenos pastos para el ganado; y algunos trozos de tierra también baldía, en la cual hay abundancia de chaparras y romeral, de que se aprovechan los veciudad para cria de colmenas y para combustible: el terreno destinado á cultivo, que ascenderá á 610 fan., se halla beneficiado por cinco regadíos comunes también á los veciudad de Inestrillas para cuya administración existe una ordenanza especial aproada por el Consejo de Castilla en 3 de junio de 1010, reformada con anuencia del mismo en !) de julio de 1095: las aguas se loman del r. Albania, en cuyas niárg. hay multitud de alamos plantados recientemente ; corren aquellas una deliciosa vega de 1 1,2 horade long., y vuelven al mismo r. en el tcrin, de Cervera: se ignora quienes fueron los fundadores de tan ventajosa obra, á cuya conservación contribuyen todos los propietarios y terratenientes de esla v. y de la de Inestrillas. Hay ademas otra acequia ó regadío que llaman de las Cabías, cuyas aguas son de varias pozas ó manantiales: esle principia y concluye dentro del lérm., siendo su curso de mas de 1/2 leg. y también corresponde á los terratenientes de Aguilar. Desde esla población parten tres Láminos de herradura: uno que conduce á Soria, otro á Agreda, y el tercero hacia Navajun, y Valdcmadera: todos ellos se conservan en regular estado. Pkod. trigo, cebada, avena, centeno, vino, cánamo, lino, legumbres, hortalizas, esquisitas frutas, cera, y miel: ganado vacuno, lanar y cabrío. Im>. un molino de chocolate, otro harinero, y un truja). Pobl. 184 veciudad 983 almas Cap. imp 2.218,114 reales me. 110.005: Contr. 15,813 reales Los VEC. de la ald. de Río se trasladaron á esta v. en 1271, formando un solo lérm., por orden del rev Don Enrique. En 1273, pertenecía á D. Pedro Sánchez de Monteagut, señor de Cascante, el cual la donó al rey I). Enrique. Los peajeros de Tudela, en 1302. quisieron exigir derechos á sus vec, y el gobernador de Navarra, Alfonso Robray, a quien se quejaron, mandó (pie no se les inquietase por estar alorados al fuero de Viana, que se les había concedido por el rey I). Teobaldo II. en 1200, quien les concedió también un mercado en el márles de cada semana. En 1308 pagaba al Rey 16 libras, ron lítulo de Fonsadera’, de cuya pecha redimió la mitad, dando 120de una vez. En 1373, habiéndola encontrado el rey D. Carlos 11 muy despoblada , mandó que se uniese á ella, como ald., la v. de Azuelo, con todos sus términos, dando los de Aguilar á sus veciudad, sitios para edificar casas; é hizo que se fortificase, cuya determinación fué confirmada por 1). Carlos 111, en 1392. En 1452, el rey Don Juan 11, premiando su fidelidad, pues por conservarla había sido robada, y presos, rescatados ó muertos muchos de sus veciudad, los libertó , á perpetuo, de toda sisa é imposición sobre el vino que vendiesen por mayor ó por menor, á estrangeros ó del reino, en la forma que las buenas villas gozaban de esta gracia. En 1463, fué uno de los pueblos que el rey D. Enrique IV de Castilla sometió á su dominio, en virtud de la sentencia compromísal de Luis XI de Francia; pero habiéndose sustraído luego del poder de Castilla , se entregó á D. Juan 11 de Navarra, el cual, y á su nombre la princesa do ña Leonor, recompensaron este hecho en 1466, libertándola perpetuamente de Fonsadera, que importaba 1oo sueldos, y de los 65 de censo perpetuo, que pagaba por el monte de Lanz. En el principio de la última guerra civil, día 5 de noviembre do 1833, reunidos varios oficiales carlistas en el alojamiento de Iturralde, que estaba en esla v., nombraron una junta gubernativa que arreglase todo lo relativo al fomento v subsistencia del ejército.