1 con ayuntamiento en la provincia, y audiencia terr. de Cáceres (48 leg.), partido judicial de Navalmoral de la Mata (3), diócesis de Toledo (22), ciudad g. de Estremadura (Badajoz 32). SIT. á la falda N. de la sierra de la Moheda; es de CLIMA templado, reinan los vientos E. y O. y se padecen tercianas. Tiene 97 CASAS de construcción tosca; la del ayuntamiento, cárcel, escuela dotada con 900 reales de los fondos públicos, á la que asisten 50 niños; é iglesia aneja a la parr. de Valdelacasa, dedicada á San Juan Bautista, servida por un teniente de fija residencia. Se surte de aguas potables en un pozo al S., otros varios en diferentes sitios á las inmediaciones, y para las caballerías otro pozo en el centro del pueblo. Confina el término por N. con el de Talavera la Vieja; E. Garvin y Valdelacasa; S. Castañar de Ibor; N. Bohonal de Ibor, á dist. de 1/2 leg. próximamente por todos los puntos y comprende el desp. de San Román, y mucho monte pardo y tierras de labor. Le bañan algunos arroyos de poca consideración, siendo el principal el Gualija que pierde su corriente en el estio. El TERRENO es infructífero, en sus 2/3 partes cubierto de monte, peñascos y riscos, y la otra abierto y de inferior calidad, á escepcion de alguno que otro valle de mediana clase. Los CAMINOS vecinales el CORREO se recibe en el Puente del Arzobispo por turno entre el vecindario cada 8 dias. PROD. trigo, centeno, cebada, avena, garbanzos ; se mantiene ganado cabrío, vacuno, de cerda y caballerías menores, y se cria caza de todas clases, IND. y C O MERCIO, 2 molinos harineros, 2 de aceite, el uno en medio del L. y el otro en el desp., en el cual hay 2 minas de plomo, 7 de alcohol, POBL. 90 vec, 493 almas CAP. PROD..- L.725,900 reales IMP. 86,295. CONTR. 11,442. PRESUPUESTO MUNICIPAL 2,500 del que se pagan 4,100 al secretario por su dotación y se cubre con el valor de las yerbas de la deh.
boyal, y la parte que le corresponde en la de los arroyos, proindiviso con Garvin.
Este pueblo ha sido conocido con el nombre de Peraleda de Garvin; pero en virtud de decreto del Regente del reino dado en 8 de octubre de 4842 á instancia del ayuntamiento, se dio el nombre que lleva, para evitar las frecuentes equivocaciones que se sufrían con el pueblo de Garvin