OREJA

v. que forma ayuntamiento con Ontigola en la provincia y diócesis de Toledo (8 leg.), partido judicial de Ocaña (2), audiencia terr.

de Madrid (8), c g. de Castilla la Nueva SIT. en un elevado risco á la izquierda del Tajo; es de CLIMA frió; reinan los vientos N. y se padecen tercianas; tiene 14 CASAS distribuidas en dos barrios, alto y bajo; la de ayuntamiento, cárcel, un cast. regularmente conservado, otro destruido á alguna dist.; iglesia

parr. dedicada á la Asunción de Ntra. Sra., con curato de entrada y de provisión del Sr. duque de Frias. Confina el término al N. con el de Colmenar de Oreja (Madrid); E. Noblejas; S. Ocaña, y O. Ontigola y Aranjuez, á dist. de 1/2 leg. próximamente, y comprende el llamado Soto de Oreja que hace 80 fan., poblado de álamos blancos y con escelentes pastos para ganado vacuno, mular y caballar, el cual está situado entre el pueblo y el r. Tajo; sobre 1,500 fan.de labor, 160,000 pies de parra y olivos y 1,000 fan. de tierra caliza le baña el r. Tajo que es su confin al N. El TERRENO es casi todo en cuestas, escepto al S.; tiene sin embargo, un sitio llano llamado la Veguilla; de escelentes tierras de labor; en lo demás es calizo y silíceo en las alturas y sus faldas, en lo bajo de buena calidad los CAMINOS vecinales el CORREO se recibe en Ocaña por los mismos interesados. PROD. trigo, cebada, vino, aceite, melones y patatas; y se cria caza menuda, POBL. 13 vec, 42 almas CAP. PROD.

446,333 reales IMP.  11,158. CONTR.  5,000. PRESUPUESTO MUNiciPAL con Ontigola sus propios ascienden á 5,600 reales

que consisten en arrendamientos de los terrenos de la v. D. Alonso VII conquistó su cast. en 1139 , y la concedió á la Orden de Santiago con el nombre de Aurelia , formando una encomienda que disfrutaba el alférez de la Orden después, por permutas hechas por los reyes, recayó en la casa de Frias por la última ley municipal le ha agregado su ayuntamiento al de Ontigola.

OREJA

Lugar con ayuntamiento en la provincia de Guipúzcoa, partido judicial de Tolosa (1 1/2 leg.), audiencia terr. de Burgos, ciudad g. de las Provincias Vascongadas, diócesis de Pamplona (9) SIT. en la falda del monte Espuma CLIMA rigoroso en ambos estaciones; reinan los vientos N., S. y O. tiene 30 CASAS diseminadas en cas., la consistorial, cárcel, escuela de primera educación para ambos sexos frecuentada por 20 alumnos; igl parr. de primer ascenso con la advocación de Sta. Cruz, servida por un rector y un beneficiado, de provisión de los vec; una ermita (San Marcos), y abudancia de fuentes entre los cas. y demás del terr. Él TERM. confina N. Gaztelu; E. Bcrasteguí; S. Areso, y O. Lizarza, estendiéndose de N. á S. 1 leg., y 3/4 de E. á O.; y comprendiendo dentro de su circunferencia bosques de hayas, robles, castaños, fresnos y arbustos. El TERRENO es de mediana calidad, aunque algo quebrado, y le atraviesa el arroyo de Orejaran que se forma de cuatro regatas, CAMINOS los que conducen a los pueblos limítrofes, en regular estado el CORREO se recibe de Tolosa.

PROD. trigo, maiz y castañas; cria de ganado vacuno, caballar y lanar; caza de jabalíes y liebres; pesca de truchas , anguilas y chipas, IND. ademas de la agricultura y ganadería nay un molino harinero, POBL. 42 vec, 116 almas RIQUEZA IMP. 17,330 reales

OREJA

desp. en la prov, de Valládolid, partido judicial de Peñafiel, término jurisd. de Olmos de Peñafiel.