v. con ayuntamiento en la provincia de Badajoz (11 leg.), partido judicial de Mérida (2), audiencia terr de Cáceres (11), diócesis de San Mareos de León (Llerena 13),ciudad g. de Eslremadura S I T . en un valle que forma la fig. de una herradura perfecta sobre un pequeño altozano rodeado de varios cercados de olivos, huertos y algunos pequeños riscos; es de C L I M A cálido, y se padecen intermitentes tiene 160 C A S A S de piso bajo, consistorial, cárcel, iglesia parr. dedicada á Sta. Maria Magdalena, curato de primer ascenso y provisión de S . M. á propuesta del tribunal especial de las órdenes militares; 1 ermita y 1 fuente llamada del Pilar á 24 pasos de la última casa por el camino de Mérida, la cual mantiene constantemente un arroyuelo que pasa por las calles. Confina el T É R M . por N. Mérida y Valverde ; E. Villagonzalo ; S. Zarza junto Alange; O. Arroyo de San Servan , separándole de estos tres últimos pueblos el r. Guadiana, para cuyo paso se sirven los naturales en dirección á Villagonzalo del vado dicho de Mojarrabo para la Zarza el de la Aceña , y para el Arroyo de San Servan por el molino de Blandones, que está en la jurisd. de Don Alvaro el T E R R E N O es todo de campiña, sin que después de los 3,000 olivos y 27,000 cepas de viña que contiene se encuentre mas combustible que pasto, alguna relama y tomillo.
Los C A M I N O S son vecinales el C O R R E O se recibe en Mérida por baligero tres veces á la semana P R O D U C C I Ó N trigo, cebada y los demás granos ordinarios del pais se mantiene ganado lanar, vacuno, de cerda y 130 yuntas mayores y menores, P O R L . 173 vec, 592 almas C A P . P R Q D . L.866,916 reales. IMP. 43,01L. C O N T R .
11,813. P R E S U P U E S T O M U N I C I P A L 7,200 , del que se pagan 1,600 al secretario por su dotación , y se cubre con el producto de una deh. de propios á las márg. del Guadiana. Fué fundada esta v. por D. Alvaro de Luna, haciéndola v. eximida con privilegio de que no pudiera tomar vecindad ningún infanzón ni hijodalgo, á no ser de su familia y de línea recta; y que si alguno se avecindaba, habia de. pechar en tanto fuera vec, , y 10 años después, aunque fuera rico-