alq. de la provincia de Valencia, partido judicial de Játiva , término jurisd. de Barchcta
FOYA (LA)
desp. de la provincia de Valencia, partido judicial y término jurisd. de Alberique. (V. la historla de esta v. donde se describe.)
FOURRAT (CASA DE)
alq. de la provincia de Valencia, partido judicial y término jurisd de Jativa. (V.)
FORTALEÑY
Lugar con ayuntamiento, otro de los 4 que componían la ant. villa y honor de Corvera , de la provincia, aud. terr., c g. y diócesis de Valencia (5 leg.), partido judicial de Alcira (1 3 / 4 ) SIT». en las vertientes sept. del monte Corvera , á la der. del r. .lúrar le baten generalmente los vientos del E. y O.; su CLIMA es templado y muy propenso á calenturas intermitentes, cuyas causas esponemos en el art. Corvera (v. y honor de) (V.) Tiene 40 C*SAS, escuela de niños á la que concurren 8, dotada con 800 reales, otra de niñas con 12 de asistencla y 500 reales de dotación , y una iglesia parr. (San Antonio Abad), de entrada y servida por un cura de provisión ordinarla. El término confina por N. con el de Rióla ; E. Fabara ; S. Llaurí, y O. Corvera y Poliñá. Por la parte meridional corre la sierra de Corvera, cuya descripción hicimos en su lugar (Y.) , y por la sept. el r . J ú c a r , de cuyo cauce se toman las aguas para el riego. EITER RENO es arcilloso y arenisco, bastante fértil, y se distribuye en 4 0 0 hanegadas de huerta , 1,800 de arrozar» y 1,500 de secano.
Los CAMLNOS son locales y no muy buenos. La CORRESPONDENCla se recibe por envlado de Alcira y Sueca 3 veces á la se nana. PROD. trigo , panizo, arroz, aceite , toda clase de legumbres y hortalizas la principal es la del arroz que asciende a unos 2 , 0 0 0 cahíces, IND. la agrícola, POBL. 54 v e c . , 197 almas, CAP. PROD. L.030,910 reales IMP. 4 0 , 3 0 7 reales CONTR. 1 5 , 7 2 7 reales
FORES (CASA DE)
alq. en la provincia de Valencia, part judicial, y término jurisd. de Játiva. (V.)
CIENCELLAS
ald. Desaparecida de la provincia De Valencia, partido Jud. De Sueca’, término Jurisd. De Callera. Conquistóla de los moros el rey D. Jaime dé Aragón por los años 1239 ó 4 0 , juntamente con cl cast. De aquella v.: posteriormente ha desaparecido , sin que sepamos la época y motivos de ello, aunque es de presumir fuese á consecuencia de la espulsion de los moriscos que la habitaban.
Fentina
Desp. de la provincia de Valencia, partido judicial de Alberique, término jurisd. de Algemesí. SIT. al O. del mismo á la dist. de 1/2 hora contiguo al camino que va á Guadasuar. Nada se sabe de la época y motivos de su destrucción.
Felipe (San)
(V. Játíva).
Faura
V. con ayuntamiento de la provincia, aud. terr., ciudad g. y diócesis de Valencia (4 1/2 leg.), partido judicial de Murviedro (1 hora), SIT. en un llano del valle de Segó ó Válletes de Sagunto, y faldas orientales de una pequeña cordillera que forma parte de la sierra Espadan; la combaten con preferencia los vientos del E.; su CLIMA es templado y saludable, si bien se suelen padecer algunos intermitentes. Tiene 202 CASAS que se distribuyen en 7 calles y 3 plzas, y se hallan cercadas por uñas simples tapias que la sirvpn de muralla y se levantaron para preservarse de las tentativas de los carlstas; hay casa de ayuntamiento un palacio del Sr. conde de Faura, escuela de niños á la que concurren 38, dotada con 1,600 reales, otra de niñas con 59 de asistencia y 1,300 reales de dotación , iglesia parr. (los Stos. Juanes), de primer ascenso, de la que es anejo el l. de Rubau, y la sirve un cura de provision ordinaria y un beneficiado; una ermita dedicada á San Sebastian en la pendiente del monte llamado la Rodana, muy cerca del pueblo, y un cementerio al lado de la iglesia por la parte del S.
El término confina por N. cou el de Benifayródels, Valls y Rubau; E. con el de Murviedro y Canet, camino real en medio; S. Benicaîaf y Murviedro, y O. con la cordillera que principiando en el r. Palancia forma el muro occidental del valle, uniéndose á la sierra Espadan; estendiéndose 1 1/2 cuarto de leg, de N. á S., y 1/2 de E. á O. En su radio y como dependientes de su distr. municipal, se encuentran los ant. l. de Rubau y Llogarets; este último se componía de los lugarcitos ó barrios denominados Sta. Coloma, Frares y Garrofera, los cuales compusieron ayuntamiento independiente hasta 1845, en cuyo año se agregaron á Faura, aunque en lo ecl. dependen de la jurisd. de Benifayró. En sus respectivos art. marcamos las particularidades que contienen (V.). El TERRENO participa de secano y huerta que se fertiliza con las aguas de la abundante fuente de Cuart, que sirven también para el uso de los vec; generalmente es feraz como todo el del valle de Segó ó Válletes de Sagunto, en cuyo art. es tenderemos mas estas not icias (V.). Los CAMINOS son locales y de herradura; solo á la dist. de 1/4 de hora al E. cruzan la carretera real de Valencia á Barcelona. La CORRESPONDENCIA se recibe y deja en la adm. de Murviedro. PROD.: trigo, maíz, alubias, algarrobas, aceite, vino, seda, varias clases de frutos, legumbres y hortalizas ; mantiene el suficiente ganado para el abasto de la población, y caza en muy poca cantidad, IND: la agricola, una fáb. de aguardiente, un molino harinero, 13 de aceite y 3 hornos de pan cocer, el estado de aquellos no es nada satisfactorio, COMERCIO: se hace con los frutos del pais; hay 2 tiendas de abacería. POBL.: 200 veciudad, 723 almas CAP. PROD.: 1.161,100 reales IMP. : 45,662. CONTR.: 20,625: el PRESUPUESTO MUNICIPAL asciende á 6,065 reales, del que se pagan 1,550 al secretario del ayuntamiento, y se cubre con los fondos de propios y arbitrios, consistentes los primeros en un campo, corral y posada, y los segundos con las tiendas mencionadas, pesos y medidas, repartiendo el déficit entre los veciudad si liega á haberlo.
Fallareta (La)
alq. de la provincia de Valencia, partido judicial de Chiva, térra, jurisd. de Turis. (V.)
