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ALCALA LA REAL

abadía ecl. vere nullius set propiae  perteneciente al arz. de Toledo , compuesta de la ciudad da aquel uorabre y de las v. de CantUlo de Locubin, Frailes y Soalejo (l)ilo la provinciade Jaén, y de las de Priego y Carcabuey da la de Córdoba : ocupa una eslension de 20 leg. de circunferencia, que confina al N. y Mi. con la ilióciudad de Jaén . ais. y SE. con la de Granada, y al 0 con la de Córdoba, y el punió del penmelro nia.s lejano de Alcalá tlist. ,i leg. y 2 el nías cercano. Fué erigida en virtud de bula apostólica por el rey D. Alonso XI en 1310, con todos los privilegios ep., en la iglesia de Sta. María de la Asunción, situado en la fort. de la Mota, y espiritualizada por D. Gil Alvarez de Albornoz, arz. de Toledo, y legado á laten de la silla apostólica, según facultades ijue al efecto le tenia concedidas Inocencio III. Desde su creación usaron los abades vestiduras pontificales , y en su dignidad residió la cura ananarum , derivándose de ella á los tenientes: nombraron , como los ob., provisor, vicario general, fiscal ecl., civil y criminal, vicarios foráneos , notarios y demás ministros dependientes de la curia, y secretario de cámara; prestaron su consentimiento para la creación de capellanías; convocaron sínodos y establecieron leyes sinodales ; siempre obtuvieron el uso de la jurisd. civil», criminal y mista , y el clero de su tlióciudad les nombró en las preces y canon de la misa; dieron la colación de los beneficios en sus meses pontificales, aprobaron confesores y predicadores: dispensaron las proclamas matrimoniales ; abrieron concurso á los curatos vacantes , y fueron citados para cualquier concilio general ó nacional con voz y rolo ; lian sido ejecutores de las letras apostólicas que los Soberanos l’onlfficcs les lian dirigido; concedieron indulgencias; conocieron en las causas matrimoniales ; acordaron dispensas, como los ob. y en los casos que estos, y ecliaron la bendición al pueblo, como aquellos, cuando celebran. Fn suma, han tenido, como tienen y ejercen en el día , cuantas funciones han ejercido los ob. , esceplo la confirmación y órdenes mayores (pero podían dar sus dimisorias para ellas), á no seí que el abad fuese también ob. Tienen los privilegios particulares : 1.» de no necesitar bulas pontificias para obtenerla abadía, á no ser que el nombrado sea ob.: 2.» en cualquier caso para su fallecimiento puedan testar, sin sufrir sus bienes el espolio á que están sujetos los de los ob. Desde su fundación basta el dia se cuentan 32 abade-.; pero los 5 últimos han s»io ob., como lo serán los posteriores, por concesión que hizo á la ciudad el Rey 1). Carlos 111, y por tanto tienen las mismas facultades que los demás, y ejercen su jurisd. independiente. Clero abacial.este se compone de  capitulares, beneficiados simples, beneficiados sirvientes , capellanes de coro, de palio, tenientes de cura, y ecl. particulares. Los capitulares forman un cuerpo consultivo de ecl. nombrados por el Abad , á propuesta de aquel : solo tiene el carácter de gubernativo y administrativo en los casos de sede vetante. Por este título no disfrutan renta alguna, siendo solo su cargo honorífico compatible con cualquier otro destino. Los beneficiados simples sjín capitulares natos: su número es de 24. Cinco son los beneficiados simples de Alcalá la Real; tres corresponden á la parr. de Sta. María la Mayor, y dos á la de Sto. Domingo de Silos: son de nombramiento*Real ó del ob. Abad, según los meses en que ocurre la va cante. I’ueden residir donde gusten , y allí disfrutan las renl., (pie se Valuaban dedos á tres mil ducados.- cada uno tiene dos sirvientes ó tenientes, que forman á nombre, de aquellos el cuerpo de beneficiados. Los tenientes de beneficiados, en número de 10, es el cuerpo que mas trabajo tiene en la iglesia abacial, pues que poseyendo esclusivamente el jus ctnicitdi , deben asistir á todas las horas canónicas (pie se cantan en dicha iglesia; hacen todos los entierros y cuanto depende de la estola negra ; asisten alas parr. y ermitas cuando en ellas hay alguna festividad en que se deba cantar, pues que ni aun los mismos curas pueden manifestar el Sacramento en-sus parr., sin que algún beneficiado se revista para que se cante el himno de costumbre. Se les graduaba por osle trabajo la mezquina rcnl. de 150 durados. Los capellanes de coro son también 10: unos deben asistir diariamente a coro, otros los dias festivos, según las respectivas fundaciones de que dependen, y por tanto varían sus rent. desde 30 á 100 ducados anuales. Los tenientes de cura no han ejercido en la Abadía mas que el derecho de la adm. de Sacramentos, ó sea el de estola blanca. Como el Abad fué siempre el cura propio de todas las parr.de sujurisd., percibiendo en su consecuencia toda la primicia, sus tenientes solo disfrutaban la rent. de 150 á 20o ducados, y una pequeña parte que recibían de los derechos de estola y pie cío altar. Por los años de 1818, á virtud do un recurso seguido en el Consejo de Castilla, se declararon estos tenientes como curas propios, aunque sin concederles v\jus canendi; pero no so puso en práctica esta resolución hasta el año de 1831, en que los actuales empezaron á titularse curas propios, y después del arreglo de la contr.de culto y clero han participado déla rent. que les corresponde, como asimismo el respectivo teniente de cada una de ellas. Las rent. de la Abadía se calculaban en 40,000 ducados. Los ecl. particulares de que hay gran número en Alcalá , tienen su asignación á las parr.; pero su asistencia es á la iglesia abacial. En vista de estos antecedentes, hemos formado el siguiente oslado, que coiuprendc el número do parr., ayudas de id., párrocos, tenientes, beneficiados, conv. y oratorios que existen en la Abadía de que nos ocupamos , y el de las personas (pie componen el clero de Álcali, y la curia ecl. de la misma: y no hemos comprendido en él el número do sacristanes, porque sabido es que cada parr. tiene 1 ó 2 según su clase, sochantres y acólitos.

ALCAERIA DEL FRAILE

deh. de pasto y labor , con soto al Guadarrama, en la provincia, partido judicial y término de la ciudad de Toledo.

ALCAB0SO

arroyo en la provincia de Toledo, partido judicial de Navahemosa , término de Totanes.

ALCABON

v. con ayuntamiento de la provincia, adm. de rent. y diócesis de Toledo (5 leg.), partido judicial de Torrijos (1), audiencia terr. y ciudad g. de Madrid (13): Sit. en un valle al O. de la cap., y á la izquierda del camino de Estremadura, de Clima sano, aunque propenso á tercianas: hay 265 Casas, una de piso alto, 5 de mediana construcción y las demás inferiores; todas forman cuerpo de población con 2 plazas y 2 plazuelas, en una de las cuales, titulada del Comercio, hay una fuente que es notable polla utilidad de sus aguas en las afecciones gástricas; tiene casa de ayuntamiento cárcel, taberna, carnicería y tienda de abacería, que lodo corresponde á los propios; escuela de primera educación dotada de estos fondos á la que concurren 60 niños; parr. sil en un pequeño cerro al estrerao O. de la población, dedicada áSto. Tomas Cantuaríense, de curato perpetuo en concurso; una ermita en los afueras con la advocación deN’tra. Sra. de la Aurora, y el cementerio al N. en buen estado. Confina el Térm. d« N. A S». con el de Maqueda y Val de Sto. Domingo á 800 pasos. y por O. ron el de Sta. Olalla á 1,500; comprende 1,050 fan. de tierra , inclusos prados, eras, población y olivares: el Terruño es llano á escepcion de 50 fan. de prado, eras y tomillares, lo demás es labrantío, incluso el que ocupan 7,000 olivos de ínfima clase, y 2 nuevos plantíos de viñas: los CamiNos son rurales y bien conservados: se recibe la CorresponDencia en la estafeta de Maqueda por medio de propio: Proo.: trigo, cebada, garbanzos, y algarrobas; liay ganado lanar, 107 muías de labor y 35 bueyes: mo.: 6 molinos aceiteros, 2 tahonas y un horno de teja y ladrillo: Pobl.: 244 veo., 1,022 almas: CAP. Prod.: 1.689,164 reales, IMP. 45,299: CONTR. 4,132: PRESUPUESTO MUNICIPAL 6,275 que se cubren con 2,218 del prod. de propios, y el restan te por repartimiento veciudad No se sabe con exactitud el año de la fundación de este pueblo que principió por casitas de labradores situado en la pradera, por la comodi dad de los ganados, y llamadas entonces casas de Alca bou. La memoria mas ant. que se conserva pertenece al ano 1179: es una donación que el conde D. Ñuño y doña Teresa si: mujer hicieron de todos los heredamientos, que tenían en ella , á la iglesia mayor de Toledo, para que sus rent. sirviesen de dotación al altar que erigió la reina doña Leonor , esposa de D. Alonso VIII, á Sto. Tomás Cantualiensciudad Desde entonces quedó ald. de dicha ciudad; aparece siéndolo en un testamento de cierto capellán de Toledo, otorgado en setiembre de 1199, en que dispone de una casa y tinajas que tenia en Aleaban. Porque se llenase mejor el espíritu de la donación del conde D. Ñuño, se dedico después on Alcabon mismo iglesia á honor y gloria del mencionado Santo , y se constituyó patrón del pueblo. En 1482 este pueblo fué vendido por la iglesia de Toledo , con otros de su dependencia, á D. Gutierre de Cárdenas, comendador mayor de Santiago , y padre de D. Diego de Cárdenas, primer duque de Maqueda, por un juro de ciertos maravedises sobre las alcabalas de Toledo y Aljolrin, y tercias de Montalvan , viniendo de este modo al sen. de los duques de Maqueda, en cuyo estado ha seguido hasta estos últimos tiempos, en que privados los Señores de la jurisd., que en sus pueblos ejercían, entró en el orden regular , y habiendo los duques , cnagenado también los terrenos y arbolado que poseían , no queda rastro alguno del ant. sen. Cuando la adquirió D. Gutierre de Cárdenas, tenia el pueblo 43 Casas, y sobre 45 veciudad Estos duques la concedieron el derecho de villazgo, creando un ale. ordinario, que administrase la jurisd., dos regidores, y un procurador, lo que debió ser causa del incremento de la población; en 1576 tenia 101 casas y sobre 106 veciudad Mucho padeció en la guerra de la Independencia: en sus campos emfiezaron á cebarse las tropas que tan rudamente chocaron en a batalla de Talavera: á esta v. retrocedió en desorden la infantería del comandante D. José de Zayas, arredrada por los franceses el día 26 de julio de 1809, y el duque de Alburquerque, con una división de 3,000 caballos, corrió a su amparo. La v. había sufrido aillos un horroroso saqueo por las tropas enemigas , que dispuso el general francés La Piche, por creer que nuestro ejército iba á establecerse en este punto: entre los horrores cometidos por los franceses, se numera el asesinato de la joven Petra Corral, que resistió valerosamente su brutal apetito, y cuyo cadáver enterrado entonces en la labranza ile Yillaseca, donde murió, fué trasladado con las licencias y formalidades necesarias en el arto 1814 ala iglesia parr. , donde yace en lugar distinguido, v con la inscripción conveniente para perpetuar acción tan iieróica y virtuosa.

ALBURILLA

: deh, cerrada con cas. de labor on la provincia de Toledo partido judicial y término de Torrijos pertenecieiite al hospital de Santiago.

ALBURILLA

deh. cerrada con cas. do lalior en la provincia de Toledo, partido judicial y término de Torrijos, perteneciente á 11 encomienda magistral del Viso.

ALBERGUILLA

deh de pastos con soto y alameda á la margen del Tajo, en la provincia, partido judicial y  término de Toledo.

ALBALAREJO

alq. en la provincia de Toledo, partido judicial de Torrijos, término judicial de Villamiel: SIT.  1/2 leg . al S. de este pueblo. Comprende 1,000 fan. de tierra labrantía con  una casa para los criados de labor y para los ganados, y prod. muchas  retamas.

ALBALADEJO y CASTREJON

deh. en la provincia de Toledo, partido judicial de Torrijos, término de la Puebla de  Motalban de la que dista 1 leg. al S.; comprende 3,000 fan. de tierra de pastos,  algo de monte bajo.- hay una casa para el guarda y una capilla, PROD.  : bastante caza y está SIT. á la orilla izquierda del Tajo.

ALBA REAL DE TAJO

v. con ayuntamiento de la provincia adm. de rent. y diócesis de Toledo (3 leg.), partido judicial de Torrijos (l). audiencia terr. y e/g. de Madrid (13). Sit. en un valle, rodeada por todas partes de cerros, por lo que no se domina desde ella ningún otro punto ni pueblo, al N. del r. Tajo, al S. de Torrijos, y al O. de Toledo: su Clima es bastante malsano por la falta de ventilación, y mas en el estío, padeciéndose muchas intermitentes, en tales términos que la duración regular de la vida de sus hab. es de 40 á 50 anos: tiene en la actualidad 31 Casas todas de solo el piso bajo y de mala construcción, forman varias calles irregulares, v un poco de plazuela que ni aun tiene figura de tal: la iglesia parr. se halla al E. del pueblo: es un edificio moderno de piedra, ladrillo y algunas tapias de tierra; se compone de una sola nave, de 32 3/2 varas de long, 8 de lat. 10 de elevación en la capilla mayor y 8 en el resto de la iglesia, con un torreoncillo espadañado en el’ estremo opuesto de la referida capilla y á igual altura con ella: está dedicada á la Asunción de N. S. que se celebra el 15 de agosto; el curato es de concurso general, pero en el día osla vacante y se halla servido por un ecónomo, ademas de la fiesta de lapatronase celebra en esta iglesia la de la Purificación de N. Sra. en 2 de febrero, y por devoción inmemorial ladeSan Agustín el 28 de agosto. Dentro del pueblo hay una fuente para el consumo de los hab., de agua perenne, buena y abundante, y en los afueras al E., el cementerio construido de tierra y adoves en un estado estreinadamente ruinoso, sin que existan otros algunos establecimientos, ni santuarios, ni aun escuela de primera educación. Confina el término por \con los desp. de Arzoberni y la Dehesilla, SO. con el r. Tajo, E. con la dolí, titulada de C.mibrillos, v por NO. con el término de Burujón: comprende 2,800 fan. dé las cuales se bailan puestas en cultivo 2,200, todas en lo general de mala calidad. y permanecen sin labor las 600 restantes que están distribuidas entre la llamada Dehesa, Prados Rumberos, y tierra muerla; carece de montes, y el terreno es todo de cerros y valles: el r. Tajo corre á 1/2 leg. del pueblo formando, según hemos dicho.su limite SO. en cuyas aguas existe un molino harinero y cerca de él un tejar: los caminos que cruzan el término de ceta v.son como el terreno que los forma, desiguales y de herradura ; dirigen á Toledo , Torrijos, Burujón y al r. Tajo : la r.onRespo.nde.nciA se recibe en Torrijos por medio de botijero los miércoles y domingos de cada semana. Prou. trigo, cebada. centeno y avena; se mantiene algún ganado lanar y 22 yuntas de bueyes y muías, Pobl. 20 veciudad «9 alo, Cap. Phod. 436,000 rs :imp. 11,200: coyni. 7000: Presupuesto Municipal 4,226 realesl que se cubre con el prod. de propios y repartimiento vecinal.

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