CASTELLÓN DE LA PLANA

 intendencia de nueva creación ( partido  Subalterno administrativo de rent.  Hasta 15 de fe • j brero de 1837 ) compuesta de las población  De que se hace mérito .!

En el art.  De la gefatura ó de provincia, correspondientes todas al ant.  Reino de Valencia, según este era conocido antes déla división terr.  De 3 0 de noviembre de 1833.  Ya en otras ocasiones hemos dicho que en la creación de nuevas intendencias, creación hecha en una época eh que la guerra civil devastaba las provincia, ó no se quiso ó no se pudo examinar detenidamente los archivos , y enviar á cada provincia  Los que correspondían á los pueblos de su comprehension.  De aqui han resultado graves males para la administración pública, y de aqui también se originan grandes dificultades para apreciar los datos esta • dísticos antiguos y modernos.

Primera población.  En la página 6 3 3 del tomo 1.»  De esta obra dijimos cuanto consideramos oportuno sobre la población que al ant.  Reino de Valencia señalaba el censo que con referencia á datos de los siglos XV y X V I , publicó en el año de 1829 , y en virtud de real orden, el ilustrado eclesiástico Don Tomás’ González.  Consideramos pues inútil repetir lo que alli dijimos, puesto que nuestros lectores podrán fácilmente consultar el art.  De la intendencia de Alicante.  Concretándonos ya al terr.  Que del ant.  Reino hoy forma lo que se llama provincia  De Castellón de la Plana, la primera cuestión que se presenta se reduce á saber en qué proporción está el terr.  Que describimos, con el ant.  Reino de Valencia, ó mas bien qué relación guarda la población  De este pais con la de las dos provincia  De Valencia y Alicante.  Examinados diferentes documentos, hemos visto que la proporción de los hab.  De Castellón con los de Valencia y los de Alicante es el 20’59 por 100 , y que por consiguiente de los 4 8 6 , 8 6 0 individuos que el censo del siglo XVI presenta, corresponden á la provincia  Que ahora nos ocupa 1 0 0 , 2 4 4 .  Que la población  De la época á que en este instante nos referimos , se presentó notablemente disminuida al hablar del ant.  Reino de Valencia, es cosa fuera de duda, y por consiguiente prescindimos del examen y discusión de este punto.  Por eso apelamos en este art.  Al medio que hemos adoptado para otros de intendencia , á saber: buscar en documentos antiguos y recientes la proporción del número de hab., dado á un determinado territorio , con el señalado á toda España , y de este trabajo resulta , tomando el término medio, que laprovincia  De Castellón de la Plana , figura con el l’OO por 100 sobre la población  Total de España ; en este caso, reducida á 8 .  2 0 0 , 7 9 1 hab.  La población oficial en el siglo XVI, á la provincia  De Castellón corresponderían 1 3 6 , 2 3 3 .

Segunda población.  Saben nuestros lectores que con cl objeto de averiguar el estado de la población  Española se hizo la enumeración de gente (son las propias palabras de la real orden comunicada á los intendentes) que habia en nuestra patria en el año de 1 7 6 8 .  Pero como la operación se verificó por oh., ha ofrecido siempre grandes dificultades la comparación por provincia  ó intendencias , que es la división posteriormente admitida para esta clase de trabajos.  A la vista tenemos el estado general de España en los años 1768 y 1769 , estado que nos ofrece con relación al arzobispado de Valencia, el resultado que sigue: Valencia («) 430,515 Segorbe 41,806 Oriunda 123,982 Mallorca 13 i, 9 69 7 3 1 , 2 72 Se ve desde luego que el ob.  De Mallorca está fuera del lerr.

Del ant.  Reino de Valencia y que por consiguiente este dato no puede admitirse para comparaciones.  Hay mas todavía, en el arz.  De Valencia, fuera del terr.  Del ant.  Reino y dentro de este, figuran pueblos correspondientes á otros ob.  Ya segregando dolos 7 3 1 , 2 7 2 hab.  Del arz.  De Valencia los 1 3 5 , 9 09 correspondientes al ob.  De Mallorca, resulta una población de 5 9 6 , 3 0 3 , número muy aproximado al de un dato de que vamos á ocuparnos en este momento.  En el prólogo de la obra del Sr.ü. Antonio José Cabanilles, de que baldaremos luego, después de lamentarse que casi la mitad del vecindario del reino de Valencia hubiese sido arrojado del pais con la intempestiva y perniciosa espulsion de los moriscos (esta calificación no es del Sr.  Cabanilles, es del autor del Diccionario), después de decir que en el año de 1718 solo se hallaron 2 5 5 , 0 80 personas; después de manifestar que, fomentándose entonces con nuevo espíritu la agricultura, se multiplicaron los frutos, y á proporción fué creciendo el número de vivientes, lanío que en 1761 se .contaron 6 0 4 , 6 1 2 , dice con referencia á la época que ahora nos ocupa, que el ant.  Reino tenia 7 1 6 , 8 86 hab.  Simples historiadores en esta parte, porque no conocemos la procedencia del dato del Sr.  Cabanilles, nos limitamos á decir, que admitido tal como se presenta, los pueblos de la provincia  De Castellón de la Plana, deberían figurar con 1 4 7 , 6 0 7 .

Tercera población.  Es la correspondiente al censo «de 1787 ó sea á los trabajos del Sr.  Conde de Floridablanca.  Reconocido en aquella época que el trabajo de 1708 tenia grandes errores, principiaron las operaciones para rectificarlos; y á la verdad, en aquellos tiempos tuvo mérito no escaso el resultado obtenido.

Valencia, el ant.  Reino de Valencia figuraba ya con 7 8 3 , 0 8 4 hab., y por consiguiente aparecía aumentada su población  Desde el siglo XVI en un 00 por 100.  Correspondían á los pueblos de la actual provincia  De Castellón sobre la base del 20’519 por 100, 1 6 1 , 2 3 7 hab.  Y sobre la base de 1’66 por 100 con relación al número total de almas  De España, 172,804 individuos.

Cuarta población.  En la primavera del año 1791 empezó el Sr.  D. Antonio José Cabanilles á recorrer la España de real orden, reuniendo observaciones y noticias útiles para la historia natural, geográfica y político-económica de España.

Principió sus tareas por el reino de Valencia, y en el año de 1795 estuvo en el caso de publicar é imprimir dos tomos preciosímos, por sí solo bastantes para inmortalizar un nombre.

Al fin de la obra y después de un estado del número de pueblos y población  En el año de 1794 se lee el siguiente resumen.

«El número de pueblos inclusos el Rayo y Rato, anejos de Casielfabibes de 0 2 8 ; el de vecinos de 2 0 7 , 1 4 5 , que calculados á 9 personas cada dos vecinos forman 9 3 2 , 1 5 0 almas» Para nosotros, que hemos admirado el método con que procedió el Sr.  Cabanilles en estas investigaciones, está fuera de toda duda que esa era y mayor todavia la población  Del reino de Valencia.

Al fin cl Sr.  Cabanilles, era un comisionado del gobierno, y sus operaciones en último resultado debían resentirse de la prevención con que los pueblos miran á cuantos con cualquier motivo reclaman datos estadísticos.  Ahora bien; suponiendo que en cl año de 1794 tuviera el reino de Va-

Lencia 9 3 2 , 1 5 0 hab., á la provincia  De Castellón de la Plana, corresponderían 1 9 1 , 9 2 9.

Quinta población.  Seguían sin interrupción según hemos dicho en otras ocasiones, los trabajos estadísticos, de cpae se mostraron muy celosos los respetables consejeros de los monarcas Carlos III y Carlos IV.  Y es de observar que rectificándose cada vez los errores cometidos, que procurando por todos los medios la perfección posible en una época en que caminaban sin brújula, faltos de método y acaso de instrucción todos los gobiernos de Europa, cada vez se obtenían mayores resultados, combinándose los esfuerzos de autoridades celosas, de corporaciones entendidas, de particulares ilustrados para acercarse en lo posible á la verdad, ó cuando menos para dar un paso mas en el buen camino que emprendieron ministros qne han legado á la posteridad nombres de grato recuerdo.  Aludimos en esta ocasión al censo de 1797, último trabajo por desgracia en materia de población  Que consintieron las contiendas de Europa y nuestras propias calamidades.  En este trabajo figura el reino de Valencia con 8 2 5 , 0 5 9 hab.  ó sea con 4 1 , 9 7 5 mas que en el año de 1 7 8 7 : sobre los 8 2 5 , 0 59 hab.  Pertenecen á la provincia  De Castellón déla Plana por el20’59 por 100 1 6 9 , 8 8 0 .  Contaba entonces la España 1 0 .  5 4 1 , 2 21 hab.  Y el l’OO por 100 señala al territorio que hoy describimos 1 7 4 , 9 8 4 individuos.

Sesta población.  Ya en el art.  De provincia  Hemos manifestado las alteraciones que se hicieron en el territorio administrativo del ant.  Reino de Valencia.  En la memoria presentada á las Cortes sobre proyecto de la división territorial en la segunda época constitucional de 1820 á 1 8 2 3 , se proponíala del reino de Valencia del modo que sigue: Castellón de la Plana 238,850 Valencia 383,215 Alicante 343,200 Al apoyar la comisión su propuesta decia lo que sigue: «Valencia constaba de 9 0 0 leguas cuadradlas, 1 .  2 0 0 , 0 0 0 almas  Y 3 1 .  1 4 4 , 4 0 1 pesos fuertes de riqueza: desde luego se conoce que en esta provincia  Marítima habia los datos suficientes para formar tres nuevas con superficie, población  Y riqueza proporcionadas; ademas la continuación de las cordilleras que de lo interior de la Península vienen á morir en su costa, ofrecieron unos límites inalterables; por todo lo que se formaron la5 de Valencia, Alicante y Castellón de la Plana: en las dos primeras capitales no puede haber motivo de duda; en la tercera, Castellón de la Plana, se ha elegido por mas céntrica y reunir mayores proporciones que ningún otro pueblo de la provincia

Que se propone; pues aunque Segorve tiene á su favor la actual residencia episcopal, no ha parecido á la comisión que esta sola circunstancia debia terminar á preferirla.» Apesar de la memoria, las Cortes decretaron en 27 de enero de 1822 hubiera cuatro provincia  á saber: Valencia con 3 5 3 , 7 6 0 hab., Alicante con 2 5 5 , 1 7 0 , Castellón con 192,205 y Jativa con 1 6 4 , 7 9 5 , componiendo las cuatro 9 0 5 , 9 3 0 individuos De esta suma debían corresponder á los pueblos de la actual provincia  De Castellón de la Plana 1 9 8 , 8 8 4 , al paso que dolos 1 1 .  6 6 1 , 9 80 hab.  Que el decreto citado fija, pertenecían al lerritoríoque describimos por cl 1’66 por 100 de la población  Total de España 1 9 3 , 5 89 individuos.  Recordarán nuestros lectores, que en la memoria prosentada alas Cortes se dijo «que la población  Oslaba disminuida, y que según las noticias reunidas podia calcularse que los datos oficiales se presentaban rebajados cu una quinta parte.» Admitido el hecho, el resultado que ofrece, aplicado a la provincia  De Castellón de la Plana es, que en el primer caso la población  Se aumentará á 2 3 8 , 6 6 0 y en el segundo á 2 3 2 , 3 00 habitantes.

Sétima población.  Este es el dato de la policía en 1826, sobre el que es y a conocido nuestro juicio favorable.  Nada mas por consiguiente deberemos decir, ni sobre la procedencia, ni sobre el mérito de este trabajo.  El reino de Valencia

• marcee en las investigaciones de la policía con 1 .  2 5 0 , 0 95 hab., cuyo 20’59 por loo cs 2 5 8 , 0 3 0 individuos.  La población  Señalada á toda España por el trabajo, objeto ahora de nuestro examen, era de 1 4 .  1 5 4 , 3 4 1 almas, y buscando la parte que corresponde en cl 1’6G por 100, á esta provincia  Le pertenecen 2 3 4 , 9 6 2.

Octava población.  El Sr.  D. Sebastian Miñano al distribuir la población  De España que presentó en 3 .  0 5 0 , 8 3 9 veciudad  Y 1 3 .  0 9 8 , 0 2 9 hab., aplicó á Valencia, de los primeros238,014, de los segundos 1 .  0 4 2 , 7 4 0 .  Se ve pues que en el mismo año aparece el reino de Valencia con 2 1 3 , 3 5 5 menos de los que fijó la policía, después de haber trabajado con asiduidad, celo é inteligencia á fin de presentar con la perfección posible los datos estadísticos.  Solo nos falla decir para concluir el examen de la población  Del Sr.  Miñano, que sobre la base del 20’59 por 100 corresponden á Castellón de la Plana 2 1 4 , 7 0 0 hab.  , y sobre la del í’cc por 100 de la población  Total de España 2 2 7 , 3 8 7 individuos.

Novena población.  Hasta qué punto perdió su importancia la policia del año 1 8 3 1 , destruyendo su bolla obra de 1326, lo hemos dicho ya en diferentes ocasiones.  Los trabajos de Valencia de 1 8 3 1 , no desmintieron los hechos en otras provincia

De que ya nos hemos ocupado: el ant.  Reino de Valencia apareció en los estados de la policia con 8 3 9 , 1 3 0 hab., y toda la España con 1 1 .  2 0 7 , 6 3 9 ; de los primeros correspondian á Castellón de la Plana 1 7 2 , 7 7 6 sobre la base del 2 0 ‘ 5 9 por 100, y de los segundos 1S0,046 , deduciendo l’OO por 1 0 0 .

Décima población.  No merecen mayor consideración los trabajos de la misma policia de 1832 : en este trabajo se señalan á Valencia 84 5 , 8 8 9 hab., y á, toda España 1 1 .  1 5 8 , 2 7 4: Castellón , pues, debe figurar en el primer caso con 1 7 4 , 1 68 hab., y en el segundo con 18i , 2 2 7.

Undécima población.  Llegamos ya á la época de la nueva división terr.  , tal como la fijó cl decreto de 3 0 de noviembre de 1 8 3 3 , tal como es hoy dia conocida: al designarse entonces las provincia  En el orden político, la de Castellón resultó con 1 9 9 , 2 2 0 hab., y como la población  Que señaló á España el documento á que ahora nos referimos , fué la de 1 1 .  9 0 2 , 7 6 7, correspondian por el 1’66 por 100 á Castellón 198,581 individuos, número como se ve muy aproximado al que señaló el citado real decrelo.

Duodécima población.  En Castellón como en las demás provincia  Sereunieron también las autoridades, los dip.  Y comisionados’de’partido

Jud., para formar el resumen de la población  Y utilidades de la provincia  Oportunamente baldaremos de este documento que ofrece la misma exageración que los oíros al señalar la población  Y la riqueza imp.  Los mismos que le firmaron , manifestaron la poca fé que mcreciaeste trabajo, y la misma intendencia supo huir su responsabilidad, declarando que por falla de datos, no podia combatirle.  En este documento aparece la provincia  Con 1 8 4 , 6 6 7 hab., esto es , 1 4 , 5 5 3 menos que los que señaló el decreto de 30 de noviembre de 1833; la Guia del ministerio de la Gobernación y la misma ley electoral de 1837: de estos dos últimos datos nada hemos dicho, ni hemos presentado la población  Correspondiente á su época, porque es absolutamente la misma que se tuvo presente al procederse á la división territorial.

Décima tercia población.  Esla que presenta la matrícula catastral de la provincia, su fecha 1G do octubre de 1 8 4 2 , trabajo en el que la de Castellón figura con 2 0 3 , 0 0 9 hab.  Nosotros hubiéramos deseado ver presentada con mas exactitud la proporción entre hab.  Y veciudad, porque el trabajo estadístico de 1 8 4 2 , varia en esta parle de un modo estraordinario entre unos y otros pueblos.  Como quiera que sea, las personas en cargadas de la formación de la matrícula catastral de Castellón de la Plana, vinieron á rectificar el error cometido por la juntado 1841 , presentando en el solo transcurso de un año aumentada la población  En 1 8 , 4 0 2 almas.

Décima cuarta población.  El Sr.  Ministro de Gracia y Justicia en sus trabajos de estadística criminal correspondientes al año de 1 8 4 3 , admitió la población  Quo lijó el real decrelo de 30 de noviembre de 1833, ó mas bien dicho la que se admití i después para la división délas provincia  En partidos en la real orden de 21 de abril de 1 8 3 5 .  Pero como, según hemos dicho en los demás art.  De Intendencia, el Sr.  Mayans no’aceptó la población  Del dato de el 3 3 , resulta por su solemne declaración enla esposicion dirigida á S. M., que la población  De España es de 1 5 .  4 3 9 , 1 5 8 , y la de Castellón de la Plana de 2 5 3 , 7 8 6 individuos.

Décima quinta población.  La estadística municipal, como saben nuestros lectores, no presenta el número de hab.: fija sí el de vec, y en Castellón de la Plana aparecen 5 0 , 2 4 1 .  Ha sido, pues, preciso buscar la proporción de los veciudad  Con almas

En documentos recientes , y por este medio se ha obtenido la población  Que resulta en el estado, á saber 2 0 3 , 9 7 8 habitantes.

Décima sesta población.  En el dato que hemos considerado siempre importantísimo de los mozos comprendidos en

Las diferentes series del sorleo, hallamos que los jóvenes varones de 18 años en la provincia  De Castellón eran 1,74 4 , y que el número de almas  Que les corresponden es el de 2 1 8 , 3 0 5 : nótese sobre este número una circunstancia particular que ofrece Castellón de la Plana, á saber: (pie la población  Sobre la base del alistamiento es con corta diferencia la misma que presenta la matrícula catastral de 1 8 4 2 y la estadística municipal de 1844.

En las demás provincia  La pob!.  Que se deduce de los jóvenes alistados de 18 años cs mucho mayor proporcionalmcnte; no examinamos las causa de esta diferencia , pero sí creemos deber consignar cl hecho.

Décima sétima población.  Liemos examinado muy dele- ESTADO demostrativo ile la población que corresponde á cada uno de los ÍO partidojüd. en que se divide esta provincia, calculada sobre el número de jóvenes que entraron en el alistamiento de 184=2 para el reemplazo del ejército, y comparada coa 1» que resulta, primero: ilel decreto de 3 0 de noviembre de 1 8 3 3 : segundo, ile los trabajo» hechos por la junta creada para conocer la riqueza de esta provincia en virtud del decreto de la regencia provisional del reino de 7 tle febrero de 18-41: tercero, de los datos oficiales de 1 8 4 2 , reunidos en el Ministerio de Blacienda: cuarto, de la estadística judicial de 1 8 4 3 , formada por el ministro de Gracia y J u s t i c i a : quinto, de los documentos reunidos por las gofa turas políticas para formar el registro municipal de 1 8 4 4 : sesto y último, de las importantes noticias que posee la redacción. (VER MÁS EN ORIGINAL)