ayuntamiento en la provincia de Orense ( 1 4 leg.), partido judicial de Viana del Rollo ( 2 1 / 2 ) , audiencia terr. y ciudad g. de la Coruña ( 3 2 ) , corresponde á la diócesis de Orense ( 1 4 ) , y de Astorga ( 2 2 ) SIT.
al estremo SE. de la provincia , en terreno montuoso. Reinan alternativamente todos las vientos, pero con mas frecuencia los del N. y O.; el CLIMA es frió, y las enfermedades comunes pulmonías , dolores de costado , pleuresías y calenturas gástricas.
Se compone de las feligresia de Cañizo, Sta. Maria ; Carracedo, Santiago; Gudiña , San Lorenzo; Pentes , San Mamed ; Tameiron , Sta. Maria , y de la v. de su nombre, que es la cap. la cual comprende las parr. de San Pedro y San Martin.
Confina el término MUNICIPAL por N. con el de Víana; al E. con el de Mezquita ; por S. con Portugal, y al O. con el de Cástrelo del Valle en el partido judicial de Verin. Los montes de Peñaviscos , Piedra-redonda Masedo, Cañizo y Sierra-Seca hacen el TERRENO muy escabroso y quebrado. Brotan en diversos puntos fuentes de muy buenas aguas que aprovechan los veciudad
para beber y para otros objetos; cruzando por diferentes sitios algunos riach. que van á desaguar en elr. Camba. La parte montuosa é inculta ofrece arbolado de pinos, robles, arbustos y yerbas de pasto; la destinada á cultivo es en lo general de inferior calidad. Los CAMINOS son locales y malos, escepto la carretera que desde Castilla va á lo interior de Galidos, y los que conducen á Viana y á Verin, que se encuentran en mediano estado el CORREO se recibe en la estafetilla ó cartería de la cap. del ayuntamiento todos los dias de la semana menos en jueves.
PROD. centeno, maiz, patatas, legumbres, lino, vino y hortalizas se cria ganado vacuno , mular , caballar , de cerda, lanar y cabrio hay caza de conejos , liebres , perdices , corzos y jabalíes, y pesca de anguilas, truchas y otros peces.
IND. la agricultura, molinos harineros y telares de lienzo ordinario, POBL. 3 0 4 v e c . , 1 5 2 2 almas CONTR. 2 1 , 2 1 2 reales con 2 2 mreales El PRESUPUESTO MUNICIPAL asciende á 7 , 0 0 0 reales que se cubren por reparto entre los v e c . , y el secretario de ayuntamiento
está dotado con 9.00 reales anuales.