SEDANO

v. con avunt., á que se halla agregada la ald. de Mozuelos, cabecera del partido judicial de su nombre, en la provincia, d i ó c , audiencia terr. y ciudad g. de Burgos (8 leg.) SIT. en dos valles estrechos, con poco horizonte por las grandes colinas que la circuyen; su CLIMA es frió, pero sano, pues no se padecen mas enfermedades comunes que los constipados.

Tiene 98 CASAS distribuidas en los 4 barrios de Heras v la Plaza, Lagos, Trascastro y Valdemoro; la de ayuntamiento

y cárcel; escuela de primeras letras dotada con 900 rs , á que asisten 25 niños; iglesia parr. de bastante capacidad, hermosura y mérito artístico, dedicada á Ntra. Sra. de la Concepción y SEBvida por un cura de provisión del ordinario en patrimoniales; cementerio en parage ventilado; una ermita (San Andrés), y varias fuentes de muy buenas aguas.

Confina N. Valdelateja ; E. Gredilla ; S. Masa y Fresnos, y O. Tubilla , ,á 2 leg. el mas dist. El TERRENO es de superior calidad, y de secano en lo general en las riberas ó vegas, y de inferior en los altos y cuestas por él corren las aguas de 3 riach , que puede decirse nacen y mueren dentro del término, conocidos por Enar, La Plaza y Trascastro. Hay matorrales de roble, aliagas, zarzamora», salvia y espliego; algunos nogales y chopos y varias canteras de piedra y cal.

Los CAMINOS dirigen á los pueblos limitrofes, y se hallan bastante descuidados recibe la CORRESPONDENCIA de Burgos, por peatón con balija, los jueves y domingos de cada semana, y sale los martes y viernes, PROD.  trigo, cebada, legumbres y patatas; cria ganado lanar, vacuno y asnal, caza de perdices y pesca de truchas, IND.  varios molinos harineros, COMERCIO compra y venta de trigo por la gente menos acomodada, llevándolo en pequeño á los mercados mas próximos. Uno de estos se celebra en esta v. los jueves de cada semana, presentándose_en él granos, legumbres, fruías, y algunas tiendas de paño y quincalla.

POBL. 40 v e c , 460 almas, CAP. PROD. – 489,700 reales IMP.

44,834. CONTR. 31,040 reales, 29 mreales El PRESUPUESTO MUNICIPAL asciende á unos 3,000 r s . , que se cubre con el pred.

de los abastos públicos, y el déficit por reparto vecinal.

Esta v. fue desde muy añt. correg. perteneciente al sen.

del marqués de Aguilar» de Campó, siendo de su elección los jueces y escribanos del tribunal; prerogativa que se refundió luego en la corona