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NAVASCUES

v. del almiradío de su nombre, en la provincia y ciudad g. de Navarra, audiencia terr ..y diócesis de Pamplona (11 leg.), partido judicial de Aoiz (6) SIT. á la falda de un cerro no muy elevado entre 2 barrancos; con CLIMA frió y húmedo, pero sano, reinan los vientos N. NO. y SE. Tiene 110 CASAS, la de ayuntamiento, cárcel, escuela de niños á que asisten 50, dotada con 1,500 reales, y de niñas concurrida por 40. cuya maestra percibe de asignación 600 reales La iglesia parr. ¡San Cristóbal), es de primer ascenso y está servida por un vicario de provisión de la v. y un beneficiado de la del abad de Leyrc hay 2 ermitas dedicadas á Ntra. Sra. del Campo y á San Quiricio, y 2 fuentes dentro de la población El término confina N. Ustes; E. Burgui y Castillo Nuevo; S. Bigüezal, y O. Aspurz dentro de su circunferencia tiene 2 montes bastante elevados con arbolado de hayas, pinos y robles. Él TERRENO es escabroso y secano en su mayor parte; le baña por O. el r. Salazar al que cruza un puente, CAMINOS-, de herradura V malos. El CORREO se recibe en Lumbier. PROD. trigo, cebada , avena y algunos guisantes; cria de ganado lanar, vacuno y mular; caza de perdices, liebres y tordas; pesca de truchas, barbos y madrillas. IND. un molino harinero, roiic 110 vec, 542 almas RIQUEZA con el almiradío. (V.)

El rey Don Sancho el Sabio concedió fueros á esta v. en 1185, determinando que sus tributos consistiesen en dos sueldos por casa, como habia sido antes; que nada diesen al señor que la tuviese en honor por el rey , y muriendo el s e ñor sin hijos, pudiesen los vec elegir al que quisieren entre los parientes mas cercanos del difunto. El rev Don Carlos JI confirmó este privilegio en 1354, y Don Carlos III en 1 i 17.

añadiendo que sus véciudad fuesen hijos dalgo, francos é ingenuos y libres de toda servidumbre; aforándolos el fuero general del reino ; y disponiendo, que tuviesen alcalde perpetuo, veciudad del pueblo , propuesto en terna por sus conveciudad y elegido por el rey-, este alcalde debia ejercer la jurisdicción civil, y era capitán á guerra. También les concedió pudiesen sacar vino del reino sin real licencia. La pecha del pueblo se redujo después de este privilegio á 15 libras de carlines blancos, y 40 cahíces de trigo anuales por los molinos.

Ll mismo Carlos III, redujo estos pagos á tributo perpetuo.

La princesa Doña Leonor dio en 1476, los molinos que el rey poseía en Navascues, á Carlos de Artieda y sus hijos

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