dignidad de la santa iglesia catedral y curato propio , pila mayor del Sagrario de la misma ciudad El arciprestazgo se instituyó á la erección de la santa iglesia catedral por el cardenal ü. Pedro de Mendoza el año de 1492, usando de la facultad y comisión apostólica de Inocencio VIII por su bula de 4 de agosto de 1426, espedida á instancia de los Sres. reyes católicos. Desde su erección es de cargo del arcipreste desempeñar por sí ó por otro en toda la c . , con sus arrabales y términos, la administración de los Sacramentos y obligaciones de la cura animarían, y demás cosas que por derecho le competen , ó por costumbre aprobada en otras catedrales. Fué dotado por el referido Sr. cardenal con dos prebendas ó raciones de la masa decimal , ademas de los derechos parroquiales. Según estos antecedentes ha existido siempre un cura menor, nombrado por el arcipreste, con aprobación del diocesano, dotado con la parte de primicias y derechos de estola y pie de altar, que desde luego aplicó el arcipreste á este fin , para que en su nombre cumpliese las obligaciones del ministerio parroquial, sin perjuicio de la inspección y vigilancia que le corresponden como principal cura en la observancia de ellas , y asi ha continuado sin interrupción hasta el dia. Elarciprestefuédetlarado dignidaddelamisma santa iglesia por real cédula de 1751, con todas las honras , gracias , mercedes , regalía ó preeminencia de que gozan las demás dignidades de ella , en la misma conformidad que se observa y ejecuta en la metropolitana de Granada.
Por bula de S. S. Pío VI espedí la en 25 de setiembre de 1789, se concedió al arcipreste existente en dicho año y á sus sucesores en esta dignidad , voz y voto en cabildo , con el correspondiente pase de la Cámara de 15 de diciembre del mismo año, y su cumplimiento del cabildo en 23 de diciembre del espresado. En el terreno ó término que por erección , apeos y deslindes corresponde al arciprestazgo , pila mayor y sagrario de la santa y apostólica iglesia de Guadix, se erigieron por el limo. Sr. ob. de esta diócesis en 18 de mayo de 1790 y real cédula auxiliatoria de S. M. de 22 de diciembre del mismo, 8 vicarios perpetuos de concurso, terna y real presentación , bajo la presidencia dil arcipreste y con la denominación de iglesia filiales del Sagrario de la catedral. El arciprestazgo- curalo del Sagrario , dignidad como va esprtsado, fué y ha sido desde su erección cíe real presentación; y en cumplimiento de reales órdenes , sus vacantes se proveen por concurso, convocado por los limos. Sres. o b . , presidente y cabildo como dignidad de oficio , terna y consulta á S. M. El nombramiento de sacristán del Sagrario, pertenece al dignidad arcipreste con aprobación del diocesano. Las 8 vicarias de que va hecha mención, son Diezma, Moreda, Pedro Martínez , Alamedilla , Alicun , Villanueva de las Torres, Güélago y Benalua ; por loque , stgun los antecedentes espresados , se consideran como iglesia filiales , cuya matriz es la del Sagrario, en la que toman posesión los vicarios presentados por S. M.*