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SANTESTEBAN

v. con ayunt, en el valle del mismo nombre, provincia y ciudad g. de Navarra, part, judicial, aud teir. y diócesis de Pamplona (7 leg.): Sit. en un llano rodeado de alturas; GLUIA templado; reinan los vientos SO. y NO., y so padacun afecciones gástricas y catarros pulmonares. Tiene 96 Casas, que forman 4 calles anchas; 3 casas consistoriales, cárcel, 2 escuelas de primera educación, una para niños, frecuentada por 64 alumnos y dolada con 3,000 reales ! otra de niñas concurrida por 38 ó 40 y tiene asignados 414 reales. procedentes como los anteriores de los fondos del común, pero las niñas dan también alguna retribución; un paseo con arbolado; iglesia parr. de segundo ascenso , dedicada á Snn Pedro, y servida por un reotor y dos beneficiados, de patronato y provisión de 10 casas de la v. y del vecindario que tiene un voto ; cementerio á la espalda y cerca de la iglesia; uun ermita, con la advocación de San Miguel de Excelsis; un barrio llamado Oteiza, con 5 casas ; los cas. de Muguiz, Isidrorena é Ibarburu, y 3 fuentes públicas, cuyes aguas , como las de los r. aprovechan los veciudad El Term, se estiende de N á S. 3/4 de leg., y de E. á O. 1, y confina N. Sumbilla ; E. Legasa ; S. Donamaria y Gaztelu, y O. Elgorriaga y Oiz; comprendiendo en su jurisd. la parte de los montes que яе encuentran en las márg. de los r. Vidasoa y Berroaran, y que corresponde á esta población en comunidad con las de Sumbilla, Nubarte y Elgorriaga, cuyos montes están poblados de robles, hayas, castaños, cerezos, y otros árboles y arbustos ; también hay diversas canteras de piedra y cal, y algunos prados artificiales que crian grama y trébol. El Terreno es secano, apesar de la confluencia de r. que en él se advierte, pues á la parte O. y estremidad de la v. se juntan las cementes del Ezpelara y Elgorriaga, los cuales en dirección de O. á E. pasan lamiendo la población parn ir á reunirse сов el titulado r. Baztan, á un tiro de fusil Je dist., perdiéndose aquí sus nombres y tomando unidos los 3 r. el do \’ii/i>4i:4, Caminos: la nueva carretera que conduce é Pamplona y Francia, en brillante estado ; con una venta en las inmediaciones de esta v.: la CorresponDencia se recibe de la cap., por bal ¡ero, los martes, viernes y domingos, y se despacha los lunes, jueves y sábados. Prod : trigo, maíz, nabas, alubias, manzanas, castaâ ai y cerezas i cria do ganado vacuno, lanar, caballar y de cerda; caza de liebres; pesca de truchas, anguilas, salmones y otros pescado«. Ind. : ademas de la aji-icola y pecuaria ,’ hay 2 alfarerías que surten do bej il la á todo el» pais

y un molino harinero. Comercio : 5 tiendas de géneros al pormenor, y 6 de confitería y cerería- Ferias: se celebran dos, una en mayo y otra en noviembre, y dos mercados mensuales, siendo su principal tráfico de ganado vacuno y lanar. Pool.: 44ti veciudad, 746 aim. Hiqueza: con el valle (V.).

Historia. Por los años 1380, García Pérez de Ax, escudero, Señor de Narbart, tenia unos molinos llamados de Lizarren ó Lizarrun, solicitó que el rey D Carlos II, le admitiese la mitad de ellos que le quería dar, en cambio de que obligase á los labradores del pueblo á moler precisamente sus granos en dichos molinos, y no en los de otros señores déla comarca ; y aunque el rey aceptó esta proposición , se anuló después por Carlos III. En 1467 pagaba por pecha capital, por cabezas ó número de veciudad, 4 libras y 12 sueldos, de la cual la libertó, según parece, la princesa Doña Leonor. Satisfacía ademas otras pechas en cuinos de manteca, salmones, chapitel y hornos, y por las yerbas de Bidasoa y otros montes. En 4497 los reyes D. Juan de Labrit y Dona Catalina concedieron á esta v., á perpetuo, las yerbas y aguas de los montes de Bidasoa y Berrearan para solo los ganados propios de sus veciudad ; también les concedieron el pasto de las bustalizas de los mismos montes, limitado el tiempo desde Sla. Cruz de mayo, hasta San Martin de cada año, reservándose los reyes el poder arrendar dichas bustalizas. Declaraban los mismos reyes que el señor del solar de Subizar y los I. de Sumbilla, Elgomaga y Nabarlc, situados en los term, de Didasoa, tenían el mismo derecho Declaraban también la manera de pacer los puercos en dichas yerbas, y que uua purt/uerta se componía de ЬО cabecera En el mismo privilegio concedieron á Santesteban el fuero de Jaca, la pesca de Bidasoa, la libertad de la pecha llamada Zurdea, y que pudiera nombrar ale. y almirante , el primero de entre los hijos-dalgo y el segundo de los francos.

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